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Minsa debe emitir protocolo que regule las actividades de campaña electoral

Frente a los posibles riesgos de contagio de COVID-19 durante las actividades de campaña electoral y la falta de una norma específica sobre la materia, la Defensoría del Pueblo señala lo siguiente:

 

  1. Las actividades tradicionales de proselitismo político, como los mítines, las caravanas y las reuniones en los locales partidarios, exponen a las ciudadanas y ciudadanos a un alto riesgo de contagio.

 

  1. Corresponde al Ministerio de Salud, en su condición de Autoridad Sanitaria Nacional, emitir un protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 que contenga las actividades de campaña electoral permitidas y las medidas sanitarias que deberán adoptarse. Por ello, solicitamos que, en el más breve plazo, y, dado que la campaña electoral ya ha iniciado, emita el respectivo protocolo, en coordinación con el Jurado Nacional de Elecciones.

 

  1. Asimismo, hacemos un llamado a la Policía Nacional del Perú (PNP) para que fiscalice de forma estricta las actividades de la campaña electoral que puedan suponer aglomeraciones y en las que no se respeten las normas de cuidado frente al COVID-19. Conforme al Decreto Legislativo 1458, estas conductas constituyen infracciones pasibles de sanción durante la emergencia sanitaria.

 

  1. Exhortamos al Jurado Nacional de Elecciones a trasladar a la PNP las incidencias sanitarias que los fiscalizadores conozcan con ocasión de la labor que realizan, a través de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales.

 

Finalmente, la Defensoría del Pueblo insta a las organizaciones políticas y sus candidatas y candidatos a asumir un compromiso ético con la ciudadanía y ser responsables en el cumplimiento de las normas sanitarias, contribuyendo con la prevención de los contagios.

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