Gobierno anuncia nuevas medidas para frenar contagios por Covid-19
Mediante Decreto Supremo N° 002-2021-PCM se aprobó alertas por departamento, con niveles de muy alta, alta y moderada
Mediante el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Gobierno oficializó las medidas preventivas diferenciadas por departamento, con el fin de prevenir la propagación de la Covid-19, ante el repunte de casos presentados en todo el país durante los últimos días.
La norma aprueba el nivel de alerta muy alta a los departamentos de Áncash, Ica, Junín, Lambayeque, Lima región, Piura y Tacna; de alerta alta para Arequipa, Apurímac, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima Metropolitana, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tumbes; mientras q los departamentos con nivel de alerta moderada son Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, San Martín y Ucayali.
La norma específica que el Gobierno Nacional, así como los Gobiernos, Regionales y Locales, dentro del ámbito de sus competencias y de forma articulada, continuarán con la promoción y vigilancia de las recomendaciones dadas por la autoridad sanitaria: distanciamiento físico o corporal no menor de un metro, lavado frecuente de manos, uso de mascarilla, uso de espacios abiertos y ventilados, así como evitar aglomeraciones.
Asimismo, protección de adultos mayores y personas en situación de riesgo, promoción de salud mental, continuidad del tamizaje de la población, continuidad del fortalecimiento de los servicios de salud, uso de las tecnologías de la información para seguimiento de pacientes COVID-19, uso de datos abiertos y registro de información, lucha contra la desinformación y la corrupción, gestión adecuada de residuos sólidos, difusión responsable de la información sobre el manejo de la COVID-19.
Medidas por niveles de alerta
Los departamentos con alerta muy alta deberán reducir los aforos en gimnasios, cines, teatros, artes escénicas, casinos y tragamonedas al 20%; en tiendas, centros comerciales, galerías y tiendas por departamento al 30%; mientras en iglesias y espacios de culto será al 10%; y en restaurantes deberá llegar al 40%. La inmovilización social obligatoria será de 7 p m. a 4 a. m. y los días domingo habrá restricción de tránsito peatonal y de vehículos particulares.
Para los departamentos con nivel de alerta alta, el aforo permitido no deberá superar el 30 % en gimnasios, cines, casinos y tragamonedas, teatros y artes escénicas; el 40 % en el caso de centros comerciales, galerías, tiendas por departamento y tiendas en general; el 50 % para restaurantes; y el 20 % en el caso de las iglesias y espacios de culto. En estas zonas la inmovilización social obligatoria será de 21.00 a 04.00 horas. Además, habrá restricción de tránsito de vehículos particulares los días domingo.
En el caso de los departamentos con nivel de alerta moderada, los aforos permitidos serán de 40 % para casinos y tragamonedas, gimnasios, teatros y artes escénicas; de 50 % para centros comerciales, galerías, tiendas por departamento y tiendas; y de 60 % para restaurantes. Aquí regirá la inmovilización social obligatoria de 11 p.m. a 04.00 horas y no habrá restricción de tránsito de vehículos.
Playas y vuelos internacionales
Respecto al uso de playas, la norma indica que se mantiene la actual restricción hasta el 31 de enero, plazo en el cual los gobiernos locales podrán elaborar y aprobar protocolos para su uso.
Los vuelos de más de ocho horas de duración, provenientes de Europa, seguirán suspendidos. Todas las personas que lleguen al Perú deberán contar con una prueba PCR negativa y hacer una cuarentena de 14 días.
Al sexto día de cuarentena, el pasajero podrá optar por tomarse una prueba PCR o antígena, y en caso el resultado sea negativo, podrá circular libremente.
La Presidencia del Consejo de Ministros remarcó que quincenalmente se hará una evaluación para definir en qué categoría se encuentra cada departamento en particular.
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