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Defensoría del pueblo: autoridades municipales no están facultadas a cerrar límites territoriales

En Etén, Pucalá y Pátapo, decidieron impedirles el paso a personas de otras localidades.

La Defensoría del Pueblo en Lambayeque recordó a las municipalidades del país que no tienen competencias para cerrar sus límites territoriales. Esta invocación se realiza luego de haber tomado conocimiento que las municipalidades distritales de Etén, Pucalá y Pátapo, decidieron impedir el paso a personas que provienen de las localidades de Puerto Etén y Monsefú.

“Las municipales han actuado contraviniendo las normas nacionales y derechos fundamentales de la población, motivo por el cual se ha solicitado a los alcaldes de estos distritos y a los consejos municipales derogar o modificar toda disposición emitida en ese sentido por ser incompatibles con el marco constitucional”, señaló el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Lambayeque, Julio Hidalgo.

Esta medida de cierre que se viene aplicando desde el pasado 06 abril, desconoce el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que, al establecer el aislamiento social obligatorio, restringe desde ya el derecho a la libertad de tránsito de las personas, motivo por el cual, no es posible el desplazamiento de personas por la vía pública o el traslado interprovincial. Por ende, una norma de rango menor como la emitida por el gobierno local no puede contravenirla.  

La Defensoría del Pueblo en Lambayeque exhortó a los alcaldes de los 38 municipios distritales y provinciales de la región Lambayeque a actuar dentro del marco constitucional y a cumplir con las normas nacionales emitidas por el Gobierno sobre la lucha contra el COVID-19. Asimismo, les solicitó abstenerse de cerrar los límites de sus distritos ya que no tienen competencia para ello.

La Defensoría del Pueblo en Lambayeque recuerda a los municipios que deben centrar sus esfuerzos en promover el cumplimiento del aislamiento social y el control de la afluencia en los mercados de abastos en sus jurisdicciones para así proteger a la población y contener la propagación del COVID-19. Como se recuerda el horario de inmovilización social obligatoria en Lambayeque rige desde las 16:00 hasta las 5:00 horas del día siguiente.

La Defensoría del Pueblo continuará supervisando las acciones de los gobiernos locales para que estén en consonancia con las normas nacionales en la lucha contra el COVID-19. En los casos de incumplimiento, se está procediendo a dar cuenta al Ministerio Público, Contraloría General de la República, Policía Nacional del Perú (PNP) y Prefectura a fin de proteger los derechos de la comunidad.

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