Un total de 1 355 internos e internas recuperaron la libertad gracias a las medidas de deshacinamiento promovidas por el MINJUSDH
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Castañeda Portocarrero, informó hoy que un total de 1 355 internos e internas han recuperado su libertad en menos de dos meses, al amparo de las normas que se promulgaron para mitigar el hacinamiento en los establecimientos penitenciarios y centros juveniles en el marco de la Emergencia Sanitaria, con el fin de evitar contagios por el Covid-19.
Otros 271 internos e internas fueron excarcelados al ser beneficiarios de gracias presidenciales, acorde al Decreto Supremo N°004-2020-JUS, vigente desde el 24 de abril. De este grupo, 245 salieron vía conmutación de penas, 19 por indultos humanitarios y 7 mediante indultos comunes.
Asimismo, 37 adolescentes obtuvieron su libertad, en el marco del Decreto Supremo N° 006-2020-JUS (vigente desde el 2 de junio): 35 conmutaciones de la medida socioeducativa y 2 indultos humanitarios.
El ministro recordó que el procedimiento y trámite para el otorgamiento de gracias presidenciales es completamente gratuito, y que su sector ha puesto a disposición la línea telefónica 2048020 (anexos 1192 y 1368) para que especialistas brinden orientación legal sobre esta materia durante la emergencia.
Comentó, además, que este es un punto de partida para el deshacinaniento de los establecimientos penitenciarios, proceso que se lleva adelante cautelando la seguridad ciudadana, porque las gracias presidenciales no son un cheque en blanco.
De igual modo, cabe destacar que, a través del patrocinio y apoyo legal de la Defensa Pública del MINJUSDH, 115 internos e internas lograron su libertad: 62 mediante el cese o variación de la prisión preventiva, 40 por el cese del internamiento preventivo, 8 vía habeas corpus y 5 por conversión de penas por delitos diferentes a la omisión a la asistencia familiar.
En esta misma línea, el titular del pliego anunció que hoy se presenta al Consejo de Ministros la propuesta normativa para contribuir con el deshacinamiento en establecimientos penitenciarios y centros juveniles, en el marco de la delegación de facultades legislativas concedidas mediante la Ley N° 31020.
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