SEDE DE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO NO OFRECE FACILIDADES A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y ADULTAS MAYORES
- Defensoría del Pueblo corroboró que edificio municipal de cinco pisos no cuenta con ascensor.
- Entidades públicas están obligadas a implementar medidas que permitan acceder a sus servicios.
La Defensoría del Pueblo recomendó a la Municipalidad Provincial de Puno a adoptar, a la brevedad posible, las medidas de accesibilidad necesarias orientadas a evitar que las personas con discapacidad y adultas mayores continúen enfrentando barreras para atenderse en el local municipal ubicado en la Plaza de Armas de la ciudad.
El pedido fue hecho tras una visita a la sede municipal, donde se observó que el edificio de cinco pisos no cuenta con ascensor, a pesar de que en los pisos superiores se ubican diversas oficinas administrativas y de atención al público, obligando a que personas con discapacidad y adultas mayores tengan que pedir ayuda para trasladarse.
El día de la visita de supervisión, representantes de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Puno observaron que un ciudadano en silla de ruedas era llevado por miembros del Serenazgo al segundo piso, donde debía realizar un trámite en la Subgerencia de Actividades Económicas. De igual manera, una ciudadana de aproximadamente 70 años se vio obligada a subir por las escaleras apoyada de su bastón, para dirigirse a la oficina del alcalde ubicada en el tercer nivel.
Según se pudo corroborar durante la visita, estas situaciones se repetirían a diario, afectando también a madres gestantes que desean trasladarse hasta el cuarto o quinto nivel del palacio municipal. Además, se pudo constatar que algunas oficinas que atienden diariamente a la población, como la alcaldía, la gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, la sala de reunión con los regidores y el auditorio, se ubican en pisos superiores lo que limita el acceso a personas en sillas de ruedas o con alguna discapacidad, así como a adultas mayores.
Ante esta situación, se solicitó a la municipalidad provincial de Puno implementar medidas de accesibilidad como la instalación urgente de un ascensor. Esto, acorde a lo señalado en la Norma Técnica A.120 “Accesibilidad Universal en Edificaciones” del Reglamento Nacional de Edificaciones, obligatoria para toda institución pública y privada que atienda o brinde servicios públicos. Mientras tanto, se recomendó brindar atención al público en el primer piso del edificio.
Además, se recordó que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley Nº 29973 o Ley General de la Persona con Discapacidad, establecen la obligación de implementar medidas de accesibilidad que permitan que las personas con discapacidad puedan participar en la sociedad en igualdad de condiciones.
De acuerdo al censo de 2017, en la región Puno hay 160 mil 82 personas con discapacidad, de las cuales cerca del 20% radica en la capital de la región. Defensoría del Pueblo se compromete a continuar con su labor de supervisión en respeto de los derechos de esta población.
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