SAT: Predios de personas fallecidas pasarán a Beneficencia si familiares no declaran ser sucesores
- Deuda asociada al impuesto al impuesto predial y arbitrios asciende a S/ 8 millones en el Cercado de Lima.
- Plazo para que los familiares ser apersonen al SAT vence el 29 de octubre próximo.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que predios de personas fallecidas, ubicados en el Cercado de Lima, pasarán a la Sociedad de Beneficencia si los familiares no declaran el porcentaje de participación que les corresponde, hasta el próximo 29 de octubre, a fin de pagar sus deudas tributarias (por impuesto predial y arbitrios).
El SAT, que advirtió de la medida oportunamente, registra 129 personas fallecidas que mantienen predios (galerías comerciales, viviendas o terrenos) a su nombre sin haber dejado herederos legales que se hagan responsables del pago de dicha deuda. La deuda tributaria que se ha originado a la fecha asciende a S/ 8’163,736.
Las deudas tributarias van desde los S/ 1,999 hasta los S/ 888,677, cuyos predios se ubican en diferentes calles del Cercado de Lima, como Jr. Andahuaylas, Jr. Carabaya, Jr. Azángaro, Av, Miguel Grau, Av. Nicolás de Piérola, Jr. Lampa, Av. Tacna, Jr. Huallaga, Jr. Callao, Jr. Huancavelica, Av. Emancipación, Av. Colonial, entre otras.
Ante ello, el SAT envió cartas a las direcciones consignadas, a fin de que los integrantes de la sucesión declaren hasta el próximo 29 de octubre, el porcentaje de participación que les compete del predio en cuestión.
El porcentaje de participación en el predio debe ser mediante un documento que lo acredite, a fin que el SAT determine el monto de deuda correspondiente a pagar por concepto de impuesto predial y arbitrios.
De no hacerlo, se advierte que, a falta de sucesores testamentarios o legales, y al no registrarse en el SAT conductas de pago o acercamientos por parte de los sucesores, la Sociedad de Beneficencia de Lima se adjudicará los bienes, en aplicación al artículo 830° del Código Procesal Civil.
El SAT invoca a cumplir con sus obligaciones tributarias para lo cual deben acercarse a las oficinas autorizadas de la entidad recaudadora, cuyas direcciones puede conocer en la página web www.sat.gob.pe. Para mayor información también pueden contactarse al Aló SAT 315-2400, WhatSAT 999431111 o al correo institucional asuservicio@sat.gob.pe.
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