LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DEMANDÓ REUBICAR A MENORES DE EDAD Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD RESCATADAS DE LA CASA HOGAR IMANOL

El local no cuenta con licencia de funcionamiento municipal ni acreditación como Centro de Atención Residencial ni como Comunidad Terapéutica.
La Defensoría del Pueblo demandó la inmediata reubicación de los menores de edad, personas adultas mayores y con discapacidad que habitaban la casa de hogar IMANOL exigiendo sean trasladados a centros de acogida residencial que reúnan los requisitos establecidos por ley para garantizar su protección y desarrollo integral.
Nuestra institución verificó que el referido albergue acogía a 31 personas entre hombres y mujeres (11 menores de edad y 20 adultos, entre ellos 3 discapacitados/as y personas con adicciones) viviendo juntas y compartiendo las mismas habitaciones. Según los testimonios habrían sido víctimas de violencia y expuestas a tratos inhumanos y degradantes, los que consideramos podrían configurar tortura.
Según se desprende del acta fiscal del 23 de enero último, las condiciones de la Casa Hogar no resultaban acordes con la dignidad humana, pues vivían en deplorables situaciones de higiene y hacinamiento. Algunas se encontraban en cuartos enrejados con llave e incluso compartían ambientes. En un mismo cuarto se ubicaban a personas adultas y menores de edad, quienes afirman que dormían, comían y hacían sus necesidades básicas en la misma habitación.
La Defensoría del Pueblo ha solicitado al Ministerio de la Mujer diversas acciones, entre ellas, realizar las investigaciones pertinentes para establecer las responsabilidades administrativas y penales que pudieran derivarse. Asimismo, llama la atención que sean los propios órganos competentes en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, quienes los hayan derivado para su acogimiento a la Casa Hogar Imanol sin ningún control ni supervisión previa ni posterior que garanticen condiciones de respeto a sus derechos. Es lamentable la situación de las 3 personas adultas con discapacidad y los adultos con adicciones quienes han sido privados de su libertad a través de internamientos sin su consentimiento previo.
El Adjunto para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo, Percy Castillo, dijo que es de singular importancia supervisar los centros de atención residencial existentes conforme a lo ordenado por el artículo 79 del Decreto Legislativo Nº 1297 y aplicar las sanciones administrativas que correspondan por incumplir la normatividad.
También es necesario, adoptar las medidas para crear más centros de atención residencial para personas menores de edad y para personas con discapacidad que lo requieran, los mismos que deben cumplir con los estándares establecidos para su atención, afirmó la Adjunta para la Niñez y Adolescentes, Matilde Cobeña.
El Director del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo, Porfirio Barrenechea, solicitó al Ministerio Público que la Fiscalía en lo Penal inicie una investigación sobre los hechos constatados, teniendo en cuenta las condiciones de permanencia de los residentes en el albergue y las agresiones que habrían sufrido por parte de sus cuidadores, acciones que consideramos tenían como finalidad menoscabar su personalidad o disminuir su capacidad mental o física, que podrían calificar como delito de tortura.
La Defensoría del Pueblo ha solicitado se informe a la brevedad posible sobre las medidas adoptadas por el Ministerio de la Mujer y hará el seguimiento respectivo.
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