Defensoría del Pueblo: ministro de educación debe liderar proceso de retorno presencial a clases sin postergaciones

Ante la urgente necesidad de garantizar el retorno de la presencialidad en los servicios educativos desde el inicio y durante el desarrollo del año escolar 2022, la Defensoría del Pueblo manifiesta lo siguiente:
- Saludamos que el Ministerio de Educación (Minedu) haya establecido en la norma para el desarrollo del año escolar 2022, de manera expresa, el carácter obligatorio del regreso a la educación presencial y la excepcionalidad de las clases en modalidad virtual; así como que haya eliminado el requisito de vacunación de estudiantes como condición previa para el regreso a las clases presenciales y semipresenciales.
- Advertimos nuestra preocupación por las recientes declaraciones del ministro de Educación, Rosendo Serna, sobre la posibilidad de retrasar el regreso a las clases presenciales hasta el 28 de marzo de 2022. Como hemos manifestado, el cierre de escuelas y la demora en su reapertura afecta gravemente el derecho a la educación de miles de estudiantes en el país. Por ello, resulta esencial que se cumpla con el cronograma establecido por la Resolución Ministerial n.° 531-2021-Minedu, que establece el inicio del primer bloque de semanas lectivas desde el 14 de marzo de 2022.
- Asimismo, ante el anuncio del ministro de Educación de que en 2022 se brindará la jornada pedagógica completa -es decir, más de 4 horas lectivas- pedimos la modificación de la Resolución Ministerial n.° 531-2021-Minedu, toda vez que esta norma establece que en escuelas rurales se brindará la jornada escolar completa y en escuelas ubicadas en zona urbana, cuatro horas como máximo.
- Con relación al punto anterior, si bien consideramos que no se deben limitar las horas de asistencia presencial en las escuelas urbanas a un máximo de cuatro horas diarias, recomendamos que se promueva la innovación de los servicios educativos para adecuarlos a los contextos sanitarios que vayamos a enfrentar. La norma debe fijar los horarios mínimos y los máximos estableciendo distintos modelos de educación presencial o mixta.
- Sobre el desarrollo de labores pedagógicas durante el periodo de vacaciones de verano, entre enero y febrero de 2022, si bien existen problemas de índole presupuestal para la contratación y pago del personal docente, necesario para realizar el seguimiento y acompañamiento de estudiantes durante dicho periodo, corresponde al Minedu establecer una alternativa técnico-normativa que asegure a todas/os las/os estudiantes de las escuelas públicas la oportuna e idónea atención educativa.
- Advertimos que lo dispuesto por el Minedu sobre el trabajo autónomo del estudiante durante enero y febrero de 2022, como parte de la consolidación de aprendizajes, tendrá dificultades de implementación en las zonas rurales, en comunidades indígenas, o en zonas urbanas con baja presencia estatal, donde muchas niñas, niños y adolescentes carecen de conexión y en los casos en que las familias tienen dificultades para prestar el debido acompañamiento. Por ello se debe disponer el máximo monitoreo y seguimiento desde las escuelas y las unidades de gestión educativa local (UGEL).
- Sobre las condiciones de bioseguridad, saludamos que el Minedu y el Minsa impulsen el cumplimiento de medidas básicas de seguridad, como el distanciamiento físico, el lavado o desinfección de manos y el uso obligatorio de mascarillas. No obstante, las UGEL y demás entidades locales competentes deben asegurar la entrega suficiente, oportuna y gratuita de mascarillas y otros implementos sanitarios a toda la comunidad escolar, con énfasis en estudiantes y personal docente y no docente.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo informa que de manera previa al inicio del año escolar 2022 y durante el desarrollo de este, se supervisarán a las entidades del sector educación, para verificar la eficacia de las medidas dictaminadas por el actual Gobierno.
Lima, 12 de enero de 2022
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