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DEFENSORÍA DEL PUEBLO: EMPRESAS QUE INCUMPLAN MEDIDAS PUEDEN SER SANCIONADAS ADMINISTRATIVA Y PENALMENTE

Se hace un llamado a respetar disposiciones del estado de emergencia.

 

La Defensoría del Pueblo recuerda que las instituciones públicas y privadas tienen el deber de colaborar y cumplir con las disposiciones dictadas por las autoridades de gobierno para prevenir la expansión del Coronavirus (COVID-19), específicamente con el D.S. 044-2020-PCM, que decretó el estado de emergencia nacional en el que se restringe algunos derechos como al libre tránsito y limita el desarrollo de un conjunto de actividades económicas.

En ese sentido, se reitera que no es posible realizar actividades comerciales o empresariales distintas a las permitidas. El desarrollo de labores fuera de este marco implica la comisión de infracciones administrativas y penales  graves.

En el ámbito administrativo, la Defensoria del Pueblo por medio de sus canales de atención telefónica y virtual recibirá las denuncias de las y los trabajadoras/es a fin de permitir la acción de  los gobiernos locales y entes sectoriales responsables de la fiscalización. Las sanciones a imponer pueden oscilar entre la multa o el cierre de actividades.

Asimismo, en el ámbito penal, se actuará de similar forma a fin de solicitar la intervención de la policía nacional y fiscalía, pues los responsables de las empresas que no acaten las disposiciones incurren en los delitos de exposición  de personas al peligro,  desobediencia a la autoridad, entre otros.

Finalmente reiteramos que los esfuerzos contra el avance COVID-19 requieren del concurso de todos los sectores de la sociedad peruana. Solo de este modo será posible superar esta coyuntura de especial preocupación en el país.

Línea gratuita: 0800-15-170.

Página web: www.defensoria.gob.pe

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