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Santa Rosa: ¿Cuánto deben pagarte si laboras el feriado 30 de agosto?

El jueves 30 de agosto se conmemora el día de Santa Rosa de Lima, y si a ti toca trabajar y aún tienes dudas sobre si te pagarán más de una remuneración diaria por esa fecha, te aclaramos cómo será el tratamiento.

 

A puertas del siguiente feriado largo, César Puntriano, abogado laboralista. Socio del Estudio Muñiz, explicó que si un trabajador público o privado trabaja este día, podría percibir el triple de la remuneración diaria, de no tener descanso sustitutorio en otro día.

«La regla entonces consiste en que el personal debe descansar y el empleador pagarle ese día de manera normal como parte de su remuneración ordinaria del mes de agosto aun cuando no trabaje», sostuvo Puntriano.

Sin embargo agregó, hay actividades productivas que no van a parar durante el feriado como los denominados servicios esenciales (electricidad, agua, desagüe, telecomunicaciones, entre otras), algunas cuyo ritmo productivo lo impide (minería, industria, puertos, hidrocarburos) u otras cuyo ritmo se incrementa naturalmente como los restaurantes, hoteles, centros comerciales, etc.

Si laboras en estos sectores, y en general, cualquier supuesto en el que se labore durante el feriado, la legislación señala que los trabajadores percibirán, además del pago normal por el día 30 de agosto, un día adicional de pago que valdrá el doble de su jornal diario regular.

«En otras palabras, quien labore el 30 de agosto deberá percibir 2 días adicionales de remuneración a fin de mes por el día trabajado. No se trata de un pago triple pues, reiteramos, el pago por el feriado del 30 de agosto propiamente dicho ya viene incluido en la remuneración mensual regular», explicó el laboralista.

 

 

Fuente: RPP Noticias.

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